lunes, 3 de agosto de 2009

Los superpoderes: reforma del art. 37 de la ley 24.156 (Primera Parte)

El próximo miércoles 5 de Agosto la Comisión de Presupuesto y Hacienda del Senado comenzará a tratar el proyecto de reforma del art. 37 de la Ley de Administración financiera - que fuera enviado por el Gobierno y que ingresara a la Cámara Alta el pasado 30 de Julio - , en virtud del cual se propone fijar un tope a la facultad de reasignar partidas que le otorga al Jefe de Gabinete la normativa aludida, limitándola al cinco por ciento.

Nuevamente, el tema de los superpoderes se pondrá sobre el tapete, y oficialismo y oposición debatirán – una vez más – sobre las implicancias y consecuencias prácticas del uso de los mismos. Como ha sucedido en otras ocasiones, los ciudadanos percibimos que estos debates responden a reclamos e intereses de uno u otro sector. Es necesario que el debate de los superpoderes se realice a la luz de la Constitución Nacional, superando una mirada partidaria y coyuntural.

Los llamados superpoderes son facultades extraordinarias que el Congreso le otorgó al Jefe de Gabinete para que éste pueda reasignar partidas presupuestarias, una vez aprobada la ley de Presupuesto. En el año 2006, a través de la reforma del art. 37 de la Ley de Administración Financiera, se otorgaron en forma permanente, aunque, ya se habían aprobado, puntualmente para cada uno de los períodos, en los años 2004 y 2005.

Este tipo de atribuciones extraordinarias, al igual que las facultades delegadas o la posibilidad de legislar a través de los decretos de necesidad y urgencia, evidencian una creciente concentración de poder en el Ejecutivo, tendencia que se registra no sólo en nuestro país, sino también en otros estados de la región. No se trata sólo de evaluar la constitucionalidad de dichas facultades extraordinarias: medidas como éstas revelan la debilidad de nuestras instituciones, históricamente hostigadas por movimientos armados y dictaduras militares, y en la actualidad socavadas al amparo de la ley.

Hablar de superpoderes es, entre otras cosas, reflexionar sobre el sistema presidencialista, sus luces y sus sombras. Parecería que la única vía para enfrentar crisis económicas o políticas recurrentes, es agigantar y sobredimensionar las potestades del Ejecutivo, hasta desvirtuar el equilibrio de poderes que la propia Constitución instaura.

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