El Colegio Público de Abogados de
La inscripción en este Registro - que será absolutamente voluntaria – implica que el profesional queda sujeto al Control del Tribunal de Disciplina de la entidad, no sólo en cuanto al ejercicio de la abogacía, sino también en lo relativo a su gestión como Administrador de Consorcios.
En tiempos en que abundan las quejas de los consorcistas sobre la gestión de algunos administradores, su eficiencia, su transparencia y hasta su honestidad, el Colegio brinda este nuevo servicio, de manera tal de otorgar a los usuarios una nueva herramienta que podrán tener en cuenta al momento de contratar un profesional. El Consorcio que elija a un abogado para desarrollar tareas de Administrador, sabrá que, en caso de encontrarse inscripto en este Registro, ante cualquier incumplimiento o falta, y sin perjuicio de las acciones legales a que esto diera lugar, podrá radicar su denuncia ante el Tribunal de Disciplina de la entidad.
Estas medidas, y hasta tanto no exista otro tipo de control institucional, no solo resultan de utilidad a los abogados que se dediquen a esta tarea, sino que benefician a todos los usuarios y prestigian la actividad, que viene siendo bastardeada, en algunos casos injustamente para aquéllos que ejercen con probidad sus funciones.

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